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MPJ EMITE DECRETOS DE ALCALDÍA QUE PROHÍBEN LOS VELORIOS EN VÍA PÚBLICA Y TRÁNSITO DE MOTOCICLISTAS

DETALLE NOTICIA

1557 | 18/03/2020

Acciones de prevención son en el marco de la declaratoria de emergencia

Como medidas complementarias de prevención en el marco de la declaratoria de emergencia por 15 días, la Municipalidad Provincial de Jaén emitió dos Decretos de Alcaldía para prohibir más actividades que ponen en riesgo la salud de la población, ante la acelerada propagación del coronavirus.

Mediante Decreto de Alcaldía N° 02-2020, el alcalde Francisco Delgado, suspendió el velorio; en el caso que la persona fallezca a por causas naturales o por la pandemia del coronavirus, con la finalidad de evitar una aglomeración de personas que pongan en riesgo su salud.

Además, el documento indica que está prohibido el servicio funerario en la vía pública y/o áreas públicas, de esta jurisdicción.

También se sancionará con una multa ascendente al 50% de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria-S/4,300) a las personas naturales o jurídicas que prestan el servicio funerario en la vía pública y/o áreas públicas; en caso que el infractor cuente con un establecimiento autorizado para realizar esta actividad en su interior, la sanción se aplicará con la medida complementaria de clausura temporal y en caso de reincidencia, clausura definitiva.

Asimismo, mediante Decreto de Alcaldía N° 03-2020, el municipio prohibió la circulación de motocicletas mientras dura el Estado de Emergencia Nacional.
De igual forma se restringirá el horario de servicio de las mototaxis y vehículos de servicio público; pudiendo laborar de 07:00 am a 6:00 pm.

En tanto, los vehículos particulares solo podrán circular de 06:00 am a 01:00 pm, mientras que los vehículos pesados de carga y descarga podrán laborar de 06:00 pm a 06:00 am, según la disposición local.

Finalmente, se determinó que las mototaxis empadronadas con número circularán en la ciudad de manera restringida, lo que significa que un día saldrán los vehículos menores registrados con dígito par y después los de impar; según la siguiente descripción:

Miércoles 18/03/20 par
Jueves 19/03/20 impar
Viernes 20/03/20 par
Sábado 21/03/20 impar
Domingo 22/03/20 par
Lunes 23/03/20 impar
Martes 24/03/20 par
Miércoles 25/03/20 impar
Jueves 26/03/20 par
Viernes 27/03/20 impar
Sábado 28/03/20 par
Domingo 29/03/20 impar
Lunes 30/03/20 par
Martes 31/03/20 impar

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